18 MEDIDAS FISCALES

18 medidas de justicia fiscal para crear el empleo que es necesario en nuestro país

Artículo 31 de la Constitución Española.

1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

En la izquierda también nos preocupamos por el déficit. Un déficit excesivo prolongado en el tiempo limita las opciones de las nuevas generaciones. Pero el déficit es también un instrumento de política económica. Si es necesario para crear empleo, lo aceptamos porque no es un gasto sino una inversión en lo único que genera riqueza: el trabajo humano. Si se genera por las ayudas dadas a la Banca los rechazamos, porque solo engendra deuda y especulación financiera y agrava la crisis, tal como se está comprobando.

Los objetivos principales de la reforma fiscal que propone Izquierda Unida:

. Garantizar los principios de equidad y progresividad establecidos en la Constitución Española

. Asegurar la financiación sin déficit superior al 3% (entendido para el conjunto del ciclo) de las necesidades presupuestarias de las Administraciones Públicas, garantizando en todo momento la consolidación y desarrollo de los servicios públicos que constituyen el llamado Estado del Bienestar, y muy especialmente la sanidad, la educación y la aplicación de la Ley de Dependencia.

. Situar la contribución fiscal española en la media de los países de la Unión Europea, de forma que en el ejercicio final de la legislatura (2015) la contribución fiscal en España se sitúe en el 40% del PIB, es decir un aumento mínimo aproximado de 8 puntos.

Antecedentes:

El candidato del PSOE reconoce en entrevista a El País (17 septiembre de 2011) que durante la década pasada se han rebajado los impuestos en una media de 22.800 millones de € anuales.

El FMI establece en al menos 4 puntos del PIB español los regalos fiscales en España.

La suma de bonificaciones, exenciones y deducciones (gastos fiscales) en el Presupuesto de 2011 supera los 40.000 millones de €, sin tener en cuenta impuestos como el IBI, del que están exentos todos los edificios propiedad de la Iglesia Católica.

Junto a ello, en España se dan cinco circunstancias diferenciales:

a) Una baja contribución fiscal

La diferencia de contribución fiscal en España en 2010 con relación a la UE a 15 es de 31,5 puntos del PIB a 40,4 puntos de PIB según el Ministerio de Economía y Eurostat, es decir una diferencia de 8,9 puntos.


Los únicos países de Europa con menor contribución fiscal que España son Eslovaquia, Grecia, Irlanda, Letonia, Lituania y Rumania.

La contribución fiscal de países semejantes a España es Austria (42,5%), Francia (41,6%), Italia (42,4), Países Bajos (38,5%) y Reino Unido (36,1%)

b) Una elevada economía sumergida

Diversos estudios sitúan la economía sumergida en un abanico de entre el 20 y el 25% del PIB. La media de la UE está en el 15%. Los estudios muy concretos del Sindicato de Gestión y Técnicos de Hacienda la estiman en el 23,3% del PIB.

c) Un alto fraude fiscal

Que en un 75% proviene de las grandes empresas y fortunas por un importe de 42.700 millones de euros anuales.

d) Una inversión de los principios de equidad y progresividad fiscal, establecidos en la Constitución

De forma que se cumple perfectamente lo expuesto por el multimillonario Buffet de que su secretaria paga, proporcionalmente, más impuestos que él.

. Las rentas del trabajo pagan más que las de capital. Así un euro obtenido trabajando paga mucho más que un euro obtenido en la venta de unas acciones.

. Las rentas muy altas pagan progresivamente menos que las rentas más bajas.

. Las pymes pagan proporcionalmente más impuestos que las grandes empresas.

. Existen mecanismos legales para evadir impuestos para las grandes fortunas

e) La fiscalidad no penaliza las actividades contaminantes, insalubres y peligrosas que no aplican medidas correctoras.

Las herramientas que proponemos para cumplir los objetivos antes mencionados son:



A.- Lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida

El fraude fiscal y la economía sumergida reducen de forma decisiva los recursos de nuestro sistema fiscal.

Limitan la financiación del conjunto de las Administraciones Públicas, la cobertura de las necesidades sociales y comprometen el futuro desarrollo económico y social del país.

Producen desigualdad en las aportaciones de los distintos colectivos de contribuyentes, rompiendo los principios de justicia, igualdad y progresividad del sistema, fomentando la desvinculación de los contribuyentes con sus deberes fiscales y generando agravios y desvertebración social. Falsean la competencia y la trasparencia del mercado.

El combate contra el fraude fiscal y la economía sumergida es un factor determinante en la corrección del déficit público por su importante potencial. Diversos estudios solventes fijan el volumen de economía sumergida en nuestro país entre el 23 y el 25% del PIB. Una disminución de esta lacra hacia el entorno de la media europea (12%) representaría una recaudación fiscal aproximada de unos 4 puntos de PIB. La vertiente fiscal de la economía sumergida alcanzaría los 161.000 millones de €, mientras que la derivada del
empleo irregular llega a ser de 84.000 millones, según el Sindicato de Gestión y Técnicos de Hacienda.

Con la presión fiscal actual y el tipo medio de cotización a la Seguridad Social, las implicaciones fiscales de estas cifras son de, al menos, de 80.000 millones en concepto de impuestos y 32.000 millones de € en cotizaciones (cuota trabajador y patronal)

Estas medidas, desde nuestro punto de vista, son:

1.- Definir un Plan de Lucha contra la Economía Sumergida que establezca objetivos de reducción de la economía sumergida en 3 puntos anuales de PIB en los ejercicios 2012, 2013 y 2014 y 2015. Incremento de recaudación fiscal 10.000 millones de € año y 4.000 millones de € de cotizaciones. Incremento fiscal al final del período: 40.000 millones de € (limitación del déficit en 4 puntos de PIB) y 16.000 millones de € en cotizaciones

2.- Establecer un Plan Concreto con objetivos anuales cuantificados para combatir el fraude fiscal, centrándose especialmente en la evasión originada desde las grandes empresas y capitales, que ha sido fijado en 42.700 millones de € anuales con el objetivo de reducirlo en un 75% en el periodo de la legislatura. Duplicar la eficacia recaudatoria de la lucha contra el fraude en los restantes sujetos pasivos mediante la fijación de objetivos anuales.

3.- Reforma profunda de la AEAT, aumentando sus recursos materiales y humanos hasta converger en tres años con la media europea.- Cambiar los procedimientos de trabajo de la Agencia, buscando la calidad de la inspección más que la cantidad. Reformar la metodología, la organización y la distribución del trabajo y las competencias internas. A partir del ejercicio presupuestario 2012, los tres Cuerpos Técnicos del Ministerio de Hacienda creados por el artículo 49 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, quedan clasificados en el subgrupo A1 de los establecidos por el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

4.- Desarrollo urgente de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 36/2006 de medidas para la prevención del fraude fiscal y cumplimiento efectivo de las medidas para mejorar los resultados de la lucha contra el fraude fiscal aprobadas por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del 28 de octubre de 2008, así como de las Resoluciones 3.9 y 19.1, apartado 5 de las aprobadas también por el Pleno en su sesión del día 19 de mayo de 2009, con motivo del debate de la comunicación del Gobierno para el debate de política general en torno al estado de la Nación.

5.- Creación en el Congreso de los Diputados de una Comisión Especial sobre la Economía Sumergida y el Fraude Fiscal ante la que:

a) El Instituto de Estudios Fiscales presentará antes de diciembre de 2012, para su debate y la adopción de las medidas correctoras oportunas, un estudio sobre la cuantificación de la economía sumergida en España, con desagregación territorial, sectorial y por impuestos, y actualizará bianualmente

dicho estudio a tenor de los avances en la metodología que determine la Comisión Europea.

b) La Agencia Estatal de Administración Tributaria informará con carácter semestral de los resultados de las actuaciones de control del fraude con los objetivos específicos antes expresados y los resultados de la atención a los contribuyentes realizada en cumplimiento de sus funciones, remitiendo datos objetivos para garantizar una gestión transparente e independiente, y posibilitar el seguimiento de la evolución temporal de la economía sumergida en España.

c) El Servicio de Prevención del blanqueo de capitales informará, como resultado de gestiones coordinadas con el Ministerio del Interior, la Fiscalía General del Estado y la Agencia Tributaria del Estado, de la identidad de las personas o entidades que utilizan en España los bienes y derechos de los que son titulares las empresas domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal, así como el título jurídico que les permite su utilización o disfrute.

6.- Modificación de la legislación relativa a las SICAV, hasta tanto sea posible su eliminación en la legislación europea, estableciendo como límite máximo el 2% del capital para un solo poseedor y elevación al 5% del tipo de su tributación por Operaciones Societarias.

7.- Plantear ante las Instituciones Europeas la modificación del artículo 56 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea para establecer como excepción al principio de libertad de los movimientos de capitales, los movimientos efectuados entre los Estados miembros y los territorios calificados como paraísos fiscales. Proponer igualmente que las Instituciones Europeas lideren las negociaciones con las distintas Organizaciones internacionales de carácter político o financiero para controlar e identificar a los verdaderos
titulares de esos movimientos de capitales.

. En el ámbito nacional y hasta que el punto anterior se haga efectivo, desarrollar las siguientes medidas, además de las relacionadas directamente contra el fraude y reseñadas en otros apartados de este documento:

a) Establecer un impuesto especial sobre los movimientos de capitales con los territorios calificados como paraísos fiscales.

b) Obligar a las empresas que operan en España, y especialmente en el sector financiero, a informar a las autoridades tributarias de las operaciones de sus filiales o sucursales en paraísos fiscales, en los mismos términos que sus propias operaciones realizadas en territorio nacional.

c) Instar al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial a que aclaren que en la regulación del delito fiscal en el ódigo Penal es un motivo de agravamiento de las penas cometer fraude fiscal mediante la utilización de empresas domiciliadas en territorios o paraísos fiscales.

d) Llevar a cabo un plan de comprobación de sociedades, empresarios, profesionales, artistas y deportistas con residencia en paraísos fiscales.”

8.- Modificación de la Ley General Tributaria y de las Leyes de cada Impuesto para concretar medidas preventivas y disuasorias de mayor eficacia en el caso de fraude. Por ejemplo, corresponsabilidad de las dos partes intervinientes en la transacción cuando no exista comprobante de compra de un bien o de pago de un servicio.


B.- Reforma fiscal progresiva

9.- Reforma del IRPF con los siguientes contenidos principales:

a) Tributación igual de las rentas del trabajo y del capital para recuperar el el carácter sintético del tributo, integrando todos los rendimientos del contribuyente en una única base.

Se trata de que desaparezca la distinción entre base liquidable general (tarifa progresiva) y del ahorro (dos tipos). Es decir, que todos los rendimientos (del trabajo y del capital) se acumulen y tributen en una tarifa progresiva.

b) Establecer dos nuevos tramos en el IRPF:

b.1.-Para las declaraciones comprendidas entre 60.000 y 120.000 € de base liquidable con una elevación del tipo del 43 al 45%.

b.2.-Un último tramo para cuotas liquidas superiores a 120.000 € anuales con un tipo del 50%.

 (Contribuyentes afectados: 3,98%)

c) Traslado de todas las deducciones a la cuota.

d) Extender la exención de la obligación de declarar hasta el límite reglamentariamente establecido a todos los sujetos pasivos independientemente de que las rentas procedan de uno o varios pagadores, sustituyendo la autoliquidación por una declaración informativa donde consten los pagadores, la cantidad bruta percibida y las retenciones efectuadas, a efectos de control del fraude y la economía sumergida. Se trata de no penalizar precisamente a quienes son víctimas de contrataciones temporales y precarias.

e) Supresión del Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.

10.- Reforma del Impuesto de Sociedades:

a) Aumento de 5 puntos en el impuesto sobre los beneficios de las entidades, sociedades e instituciones con una base imponible superior a 30 millones de €.

b) Revisión y simplificación de las exenciones y bonificaciones del impuesto para elevar el tipo efectivo medio y favorecer a las pequeñas empresas y la inversión productiva y creadora de empleo.

c) Limitar los salarios máximos en el sector privado, considerando como no inclusive en los gastos deducibles del impuesto de sociedades las retribuciones brutas que, por todos conceptos, de forma directa o indirecta, en especie o en metálico, superen los 90.000 euros anuales.

11.- Reforma del IVA

a) Reducción del IVA al tipo superreducido (4%) para ciertos alimentos hoy no incluidos (resto de cereales y sus harinas, carnes y pescados frescos) y para compresas y pañales, tanto infantiles como para la tercer edad.


b) Creación de un IVA especial al 25% (hay otros dos países en la UE con 4 tipos de IVA) para bienes de consumo de lujo, y otras adquisiciones y gastos suntuarios. Dada la necesidad de la aprobación por parte de las autoridades europeas para esta medida, de forma provisional y hasta tanto exista esta aprobación se propone la creación de un Impuesto Especial sobre Bienes y Servicios Suntuarios con una tarifa equivalente
(7% por diferencia con el IVA normal aplicable)

12.- Reforma del sistema de declaración por módulos

a) Limitar el sistema de módulos a los 3 primeros años de la actividad, pasando a continuación a la estimación directa.

b) Durante los dos primeros años de actividad, los módulos actuales estarían reducidos a un 50% y el tercer año a un 75%.

c) Exclusión desde el inicio de la actividad de los sujetos pasivos que facturen más del 20% de sus ingresos con el mismo cliente y de quienes emitan cualquier factura por importe superior a 1.500 euros

13.- Imposición temporal extraordinaria del 50%, mientras dure la crisis, entendido este fin como situar el índice de paro por debajo del existente el 1 de enero de 2008, de los bonos, primas y cualquier otra retribución extrasalarial de los directivos de instituciones financieras.

14.- Intervenir en el proceso de tramitación de la anunciada nueva Directiva Europea sobre el Impuesto de Transacciones Financieras para anticipar su entrada en vigor al 1 de enero de 2013 y para que el tipo mínimo del impuesto sea del 0,05%.

15.- Restauración del Impuesto de Patrimonio en los términos y tipos vigentes hasta 2007, hasta la Aprobación de un Impuesto Solidario sobre las Grandes Fortunas que le sustituya.

16.- Plantear en las instituciones europeas la aplicación del acuerdo de la Comisión de Finanzas de las Asamblea Nacional Francesa (septiembre de 2009) sobre eliminación del billete de 500 € y reducir a 1.000 euros las cantidades que se pueden pagar en efectivo sin comunicación a la administración tributaria de los datos del pagador a partir de 1 de enero de 2012.

17.- Presentación en el plazo máximo de un año de un Proyecto de Ley sobre financiación de las Haciendas Locales en la que se tengan en cuenta criterios medioambientales.

18.- Adopción de un paquete de medidas de fiscalidad verde, destinadas a avanzar en el cumplimiento del principio de “quién contamina paga”, de acuerdo con la proposición no de Ley presentada por IU en el Congreso de los Diputados y cuyos principales contenidos son:

a) Eliminación de la exención sobre hidrocarburos para los vuelos domésticos peninsulares.

b) Convergencia de la tributación por gasóleos y gasolinas

c) Deducciones en el impuesto de sociedades para ahorro de energía, agua y movilidad de los trabajadores

d) Deducción en el IRPF de los abonos de transporte público

e) Impuesto sobre bolsas de plástico, vertido e incineración de residuos.

f) Impuesto sobre cambios de uso del suelo

g) Impuesto sobre sustancias de elevado nivel de riesgo para la salud o para el medioambiente.